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Cumplir con los requisitos de ingreso a la Administración Pública según lo dispuesto en el Art. 11º y 12º de la Ley 18.834 y lo establecido en el DFL 22/2017 que establece la planta y requisitos de contratación para funcionarios del Servicio de Salud Chiloé y no estar afecto a causales de inhabilidades previstas en el Art. 56 de la Ley 19.653.
Conforme a lo señalado en el artículo 2º, N.º 1.2 del DFL 22/2017 del Ministerio de Salud, el Director del Servicio de Salud deberá establecer en las bases del concurso de ingreso los títulos profesionales o técnicos específicos requeridos para la función.
La expresión “validados” comprende el reconocimiento, revalidación y convalidación de títulos que debe efectuar la Universidad de Chile.